El Juicio Verbal en que se reclame una cantidad que no exceda de 900 euros (150.000 Pts). Se inicia mediante la presentación de un
FORMULARIO-1 cumplimentado y acompañado de todos los documentos necesarios. El Juez citará a ambas partes al juicio,al que se debe acudir con el resto de las pruebas (testigos, etc.) y después dictará Sentencia. Se regula en los artículos 437 y ss. LEC.
- Y la petición inicial del Procedimiento Monitorio.Es un procedimiento especial que sirve para reclamar una deuda dineraria,vencida y exigible,de cantidad determinada que no exceda de 30.000 euros (5.000.000 Pts), siempre que la deuda pueda ser acreditada mediante documentos. Se inicia mediante la presentación de un
FORMULARIO-2 cumplimentado y acompañado de todos los documentos necesarios. Si admite la petición, el Juez requerirá de pago al deudor y, si no paga, ni se opone,despachará la ejecución contra él. En caso de que el deudor se oponga, el juicio se tramitará conforme a la reglas generales y será necesaria la representación de un PROCURADOR y la defensa de un ABOGADO. Se regula en los artículos 812 y ss.LEC.