BONIFICACIONES PARA LA FORMACIÓN
TODAS LAS EMPRESAS TIENEN UN CRÉDITO ANUAL FORMATIVO PARA FORMACIÓN QUE PERMITE BONIFICARSE LA MISMA. SI NO SE CONSUME SE PIERDE.
Condiciones generales de acceso:
• La empresa participante estará al día en sus pagos con la Tesorería de la Seguridad Social
• El programa es para trabajadores que pertenezcan al régimen general de la Seguridad Social a cargo de la empresa (no autónomos)
• La factura y el pago deben realizarse desde la empresa que solicita la ayuda de formación.
• La empresa deberá presentar la documentación dentro de los plazos que la Cámara indica, siempre con anterioridad a la realización del curso formativo.
Causas de pérdida de ayudas:
• No haber realizado el pago del curso antes de la finalización de éste, posteriormente la empresa se descuenta esta cantidad en los documentos de pago de los costes sociales (TC1 y TC2).
• No cumplir con el mínimo de asistencia exigido por ley (75% de horas cursos formativos)
• No haber informado a la representación legal de trabajadores de la realización de la formación en plazo y forma estipulado.