Resumen de las medidas de apoyo a las empresas ante el COVID-19

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley para hacer frente al impacto económico del coronavirus.

En este sentido, se ha decidido movilizar cerca del 20% del PIB, 200.00 millones de euros, con medidas para proteger y apoyar a familias, trabajadores, autónomos y empresas.

Estas son las principales medidas previstas para frenar el impacto económico:

MEDIDAS PARA LA PROTECCIÓN DEL EMPLEO:

REDUCCIÓN DE JORNADA Y TELERABAJO:

  • Los trabajadores asalariados puedan adaptar o reducir su jornada de trabajo, incluso hasta un 100%, para hacer frente a las necesidades de conciliación y cuidado derivadas de esta crisis.
  • Se establece el teletrabajo como medida de flexibilidad principal, cuando las circunstancias lo permitan.
  • En este sentido, se facilitará la implantación del teletrabajo a las pymes a través del apoyo a digitalización y a la I+D.

EXPEDIENTES DE REGULACIÓN TEMPORAL DE EMPLEO

  • Se promoverán los ajustes temporales de plantilla a través de la flexibilización de los Expedientes Temporales de Regulación de Empleo. Los ERTES causados por la crisis del Coronavirus serán considerados de fuerza mayor y supondrán la exoneración a las empresas del pago del 75 % de la aportación empresarial a la Seguridad Social alcanzando dicha exoneración el 100% de la cuota cuando se trate de empresas de menos de 50 trabajadores, siempre que éstas se comprometan a mantener el empleo.

AUTÓNOMOS:

  • Para el colectivo de autónomos se flexibilizará el acceso al cese de actividad para que puedan cobrar con rapidez una prestación en caso de dificultad económica en el caso de actividades suspendidas según el Real Decreto 463/2020 o cuando la facturación en el mes anterior a la solicitud se vea suspendida al menos en un 75% en relación al promedio de la facturación del semestre anterior. Los autónomos que tengan trabajadores también podrán acogerse a ERTEs.

DERECHO A PARO:

  • Los trabajadores tendrán derecho a la prestación contributiva por desempleo, aunque no cumplan el requisito de cotización previa exigido. El cobro de esa prestación no les computará a efectos del cobro posterior de la prestación por desempleo.

MEDIDAS TEMPORALES DE LIQUIDEZ DE LAS EMPRESAS:

LÍNEAS DE AVALES

  • Aprobada la creación de una línea de avales por cuenta el Estado y garantías públicas para empresas y autónomos por un valor de hasta 100.000 millones de euros. El Estado será el garante de las operaciones.
  • Aprobación de líneas de avales adicionales de 2.000 millones de euros para las empresas exportadoras con mecanismos ágiles, favoreciendo especialmente a las pequeñas y medianas empresas. Asimismo, e facilitará la restructuración de créditos a explotaciones agrarias afectadas por la sequía y se acelerará la implantación de programas de apoyo a la digitalización.
  • Para apoyar el sistema productivo y empresarial, el Gobierno también reforma la normativa sobre inversiones exteriores, para impedir que empresas de países de fuera de la Unión Europea puedan hacerse con el control de entidades españolas en sectores estratégicos, aprovechando la caída coyuntural del valor de sus acciones en esta situación de crisis económica.

Descarga completa: Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.